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Peace Agreements Digital Collection: Guatemala

Acuerdo Sobre Cronograma para la Implementación,Cumplimiento y Verificación de los Acuerdos de Paz

Considerando

Que el proceso de negociación ha dado como resultado una agenda de alcance nacional orientada a
la superación de las raíces de la conflictividad social, política, económica, étnica y cultural, así como
de las consecuencias del enfrentamiento armado,

Que la implementación de dicha agenda constituye un proyecto complejo y de largo plazo que
requiere la voluntad de cumplir con los compromisos adquiridos y el involucramiento de los distintos
Organismos del Estado, así como de las diversas fuerzas sociales y políticas nacionales,

Que este empeño nacional supone una estrategia de implementación que priorice con realismo el
cumplimiento gradual de los distintos aspectos de los acuerdos de paz en función del establecimiento
de las bases políticas, institucionales, financieras y técnicas de su cumplimiento,

Que entre las bases políticas del proceso de implementación figura, en particular, el funcionamiento
de las distintas comisiones generadas por los acuerdos, y otras instancias que permitan una
concertación efectiva en la construcción de la paz,

Que el Cronograma contenido en el presente Acuerdo ofrece un marco temporal que busca viabilizar
este esfuerzo nacional, así como su acompañamiento por la comunidad internacional, de acuerdo a
estos criterios de realismo y amplia concertación, 

Que la aplicación de los acuerdos se verá facilitada por la creación de un mecanismo de
acompañamiento y por la verificación internacional, cuyo propósito es dar, en su conjunto, mayor
certeza, flexibilidad y confianza en el proceso de implementación,

Que el cumplimiento del Cronograma para la Implementación, Cumplimiento y Verificación de los
Acuerdos de Paz debe propiciar que todas las fuerzas sociales y políticas conjuguen sus esfuerzos
para abrir un nuevo capítulo de desarrollo y convivencia democrática en la historia del país, 

El Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (en adelante "las
partes") acuerdan lo siguiente: 

I. PRESENTACIÓN DEL CRONOGRAMA

1. El cronograma de cumplimiento y verificación contenido en el presente Acuerdo constituye una
guía para la implementación en el tiempo de aquellos compromisos contenidos en los acuerdos de
paz cuyo cumplimiento puede, en este momento, ser calendarizado con confiabilidad. En este
sentido, cuatro tipos de compromisos no están recogidos en el Cronograma, y son los siguientes:

  1. Los de carácter general y/o permanente, tales como el compromiso general del Acuerdo Global
    sobre Derechos Humanos;

  2. Los específicos supeditados a reformas constitucionales, cuya implementación depende de la
    aprobación de dichas reformas por el Congreso de la República, y de la posterior consulta popular;

  3. Los específicos cuya ejecución está sujeta a consulta previa, en particular aquellos cuyas
    modalidades de cumplimiento dependen de las recomendaciones de las Comisiones Paritarias y
    otras comisiones establecidas por los acuerdos de paz; y

  4. Los específicos cuyo cumplimiento depende del cumplimiento de otras acciones calendarizadas.

2. Corresponderá a la Comisión de Acompañamiento, creada en virtud del presente Acuerdo,
decidir la calendarización posterior de los compromisos a que se refieren los literales (b), (c) y (d); y
recalendarizar los compromisos plasmados en el Cronograma cuando fuera necesario para viabilizar
el adecuado cumplimiento de los acuerdos de paz.

Estrategia

3. El cronograma se divide en tres fases: la primera cubre un período de 90 días a partir del 15 de
enero de 1997; la segunda cubre el período hasta el final de 1997; y la tercera comprende los años
1998, 1999 y 2000. La estrategia de implementación durante las tres fases responde a los siguientes
criterios:

  1. Atender la calendarización ya establecida en los acuerdos;

  2. Avanzar en forma simultánea en la implementación de todos los acuerdos;

  3. Tener en cuenta con realismo los recursos humanos y materiales disponibles en cada fase;

  4. Escalonar en el tiempo la ejecución de los componentes fundamentales de los acuerdos,
    buscando evitar una dispersión de los esfuerzos gubernamentales y no-gubernamentales para su
    implementación;

  5. Poner énfasis, al inicio del proceso de cumplimiento de los compromisos , en el establecimiento
    de los mecanismos de consulta previstos por los acuerdos, cuando dichos mecanismos existen, y de
    las bases institucionales, legales o financieras del cumplimiento de dichos compromisos;

  6. Propiciar la participación efectiva de los sectores de la sociedad en la solución de sus
    necesidades, y en particular en la definición de las políticas públicas que les conciernen. En
    consecuencia, calendarizar aquellas acciones sujetas a la concertación social prevista en los
    acuerdos en función de los resultados de dicha concertación; y

  7. En vista del papel central que tiene para el cumplimiento de los compromisos contenidos en los
    Acuerdos de Paz, el fortalecimiento de la recaudación tributaria y la priorización del gasto público
    hacia la inversión social, las partes han convenido en incluir en anexo la programación de metas
    intermedias anuales, en relación al Producto Interno Bruto, en materia de aumento de la carga
    tributaria, del incremento en la ejecución del gasto público para las áreas de educación, salud,
    seguridad ciudadana, sistema de justicia y de la reducción del gasto de defensa para los próximos
    años. Se incluye en dicho anexo, a manera indicativa, las metas de crecimiento económico para el
    período 1997-2000. 

Contenido de las fases

4. Con base a estos criterios, el énfasis principal, pero no exclusivo, de cada fase se aplica a los
contenidos siguientes: 

  1. El cronograma de los primeros 90 días pone énfasis en:

    1. Preparar el cumplimiento de los acuerdos de mediano y largo plazo, en particular mediante el
      establecimiento de las comisiones previstas por los acuerdos y la elaboración y presentación de
      programas de acción en distintas áreas cubiertas por los acuerdos;

    2. Realizar las acciones de corto plazo calendarizadas en los acuerdos de paz, en particular los
      procesos de cese al fuego y de incorporación de URNG. Las acciones calendarizadas sobre la base
      del Día "D", están sujetas a que las condiciones para el inicio del proceso de cese-al-fuego estén
      reunidas; y

    3. Llevar a cabo otras acciones relacionadas con las consecuencias del enfrentamiento armado,
      como el diseño del programa de resarcimiento a las víctimas y la continuación de la atención a los
      refugiados y desplazados.
  1. El cronograma del resto del año 1997, además del énfasis aplicado en el literal (a), incluye lo
    siguiente: 

    1. Nuevos programas de acción e inversión sociales y productivas; 

    2. Modernización y descentralización del Estado;

    3. Reforma de la Administración Pública;

    4. Estrategia global de desarrollo rural;

    5. Política fiscal; y

    6. Reestructuración de la política de seguridad interna y de defensa nacional.. 
  1. El cronograma para los años 1998, 1999 y 2000, además de los contenidos de los párrafos (a) y (b), desarrolla
    las acciones correspondientes a los resultados de las comisiones paritarias y las demás comisiones previstas por
    los acuerdos. Promueve, en particular, la agenda legislativa derivada de los Acuerdos de Paz en cuatro áreas: la
    reforma del Código Penal y el marco legal de la modernización de la administración de justicia; la temática de la
    tenencia y uso de la tierra; la adaptación de la legislación y de la institucionalidad al carácter multiétnico, multicultural
    y multilingüe de Guatemala; y las reformas al régimen electoral guatemalteco. 

5. Corresponderá a la Comisión de Acompañamiento calendarizar las medidas que se deriven de las
reformas constitucionales cuando dichas reformas estén aprobadas.

Ejecución del Cronograma 

6. Para ejecutar el Cronograma, las partes han ordenado el conjunto de los compromisos contenidos en los Acuerdos en cuatro ejes temáticos:

  1. Eje de reasentamiento, incorporación de URNG y reconciliación nacional; 

  2. Eje de desarrollo humano integral;

  3. Eje de desarrollo productivo sostenible; y

  4. Eje de modernización del Estado democrático, incluyendo el fortalecimiento de las capacidades
    de participación y concertación de las distintas expresiones de la sociedad civil.

7. En cada eje se agruparán los programas, su-programas y proyectos correspondientes. El
Gobierno ha decidido que la coordinación técnica de su acción en la implementación de los ejes
corresponderá a la Secretaría Técnica de la Paz.

8. Reiterando que la aplicación de los acuerdos de paz debe propiciar que todas las fuerzas sociales
y políticas del país enfrenten en forma solidaria y responsable las tareas inmediatas de la lucha contra
la pobreza, la discriminación y los privilegios, el Gobierno está comprometido en impulsar la
realización de dichas acciones con la participación efectiva de todos los sectores de la sociedad. 

9. Las partes hacen un llamado a los diversos sectores de la sociedad guatemalteca para que asuman
un papel protagónico en la realización de la agenda de desarrollo plasmada en los acuerdos.
Asimismo, llaman a la comunidad internacional a que siga acompañando los esfuerzos nacionales, en
particular durante las fases iniciales del proceso de cumplimiento, mientras Guatemala fortalece sus
capacidades propias en recursos humanos, institucionales y financieros. 

II. CRONOGRAMA DE LOS 90 DÍAS A PARTIR DEL 15 DE ENERO DE 1996

A. ACUERDO GLOBAL SOBRE DERECHOS HUMANOS 

Resarcimiento y/o asistencia a las víctimas de violaciones a los derechos humanos 

10. Establecer la entidad estatal que tenga a su cargo una política pública de resarcimiento y/o
asistencia a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, y presentar un programa de
resarcimiento.

B. ACUERDO PARA EL REASENTAMIENTO DE LAS POBLACIONES
DESARRAIGADAS POR EL ENFRENTAMIENTO ARMADO 

Documentación 

11. Promover ante el Congreso de la República las reformas que correspondan a la ley de
documentación personal de la población desarraigada por el enfrentamiento armado interno
(Decreto 73-95). Dichas reformas, a la vez de solucionar los problemas de las poblaciones
desarraigadas en esta materia, deberán constituir la solución a la carencia de documentación
personal de los miembros de URNG. Se solicitará al Congreso de la República que conozca y
resuelva este asunto durante los dos meses posteriores a la presentación de la iniciativa correspondiente.

Identificación de tierras para el reasentamiento de los desarraigados

12. Presentar los estudios existentes sobre las tierras estatales, municipales y privadas con opción
de compra (ubicación, régimen legal, adquisición, extensión, linderos y aptitud agrícola), para propósitos
de reasentamiento de población desarraigada.

Remoción de Minas. 

13. Ejecutar un programa para remover todo tipo de minas, teniendo en cuenta que tanto el Ejército
de Guatemala como la URNG proporcionarán a Naciones Unidas información detallada sobre
explosivos, minas y la existencia de campos minados.

Fondo para reasentamiento de Población Desarraigada

14. Crear el Fondo para la ejecución del Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones
Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado.

Plan de Educación para Población Desarraigada

15. Solicitar a UNESCO la presentación del Plan específico de educación de la Población
Desarraigada.

Reasentamiento de Población Desarraigada

16. Acelerar las negociaciones en marcha entre el Gobierno, los refugiados y los desplazados para
asegurar el retorno voluntario de las personas desarraigadas a sus lugares de origen o al sitio que
ellos elijan, en condición de dignidad y seguridad.

C. ACUERDO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA COMISIÓN PARA EL
ESCLARECIMIENTO DE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS
HECHOS DE VIOLENCIA QUE HAN CAUSADO SUFRIMIENTOS A LA POBLACIÓN
GUATEMALTECA 

Comisión de Esclarecimiento Histórico

17. La Comisión se integrará y definirá la fecha de su instalación e inicio de su funcionamiento. Los
trabajos de la Comisión durarán un período de seis meses contados a partir de su instalación,
prorrogables por seis meses mas, si así lo decide la Comisión. 

D. ACUERDO SOBRE IDENTIDAD Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 

Comisión de Oficialización

18. Crear la Comisión de Oficialización de Idiomas Indígenas con la participación de representantes
de las comunidades lingüísticas y la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala que estudiará
modalidades de oficialización, teniendo en cuenta criterios lingüísticos y territoriales.

Comisión para los Lugares Sagrados

19. Crear la Comisión para la definición de los lugares sagrados, integrada por representantes del
Gobierno y de las organizaciones indígenas, y de guías espirituales indígenas para definir estos
lugares así como el régimen de su preservación.

Comisión Paritaria de Reforma Educativa

20. Crear la Comisión Paritaria para el diseño de una reforma educativa que responda a la
diversidad cultural y étnica de Guatemala, integrada por representantes del Gobierno y de las
organizaciones indígenas.

E. ACUERDO SOBRE ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y SITUACIÓN AGRARIA 

Revisión de Leyes Laborales

21. Presentar un informe sobre los cambios legales y reglamentarios realizados en 1996 con el
objeto de hacer efectivas las leyes laborales y sancionar severamente sus infracciones, incluyendo
aquellas referentes al salario mínimo, el no pago, retención y retraso de salarios, las condiciones de
higiene y seguridad en el trabajo y el ambiente en que deba prestarse, así como los cambios legales
y reglamentarios que requieren ser promovidos a partir de 1997.

Ampliación de CONADEA

22. Fortalecer y ampliar la participación de organizaciones campesinas, mujeres del campo,
organizaciones indígenas, cooperativas, gremiales de productores y organizaciones no
gubernamentales, en el Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario (CONADEA), como el
principal mecanismo de consulta, coordinación y participación social en la toma de decisiones para el desarrollo rural.

Dependencia sobre Tierras

23. Poner en marcha la Dependencia Presidencial de Asistencia Legal y Resolución de Conflictos
sobre la Tierra con cobertura nacional y con funciones de asesoría y asistencia legal a los campesinos y trabajadores agrícolas para hacer valer plenamente sus derechos.

Información catastral

24. Iniciar el proceso de levantamiento de información catastral en áreas pilotos.

Programa de Educación Cívica

25. Presentar un programa de educación cívica nacional para la democracia y la paz que promueva
la defensa de los derechos humanos, la renovación de la cultura política y la solución pacífica de los
conflictos.

Programa de inversiones para el desarrollo rural en el período 1997-1999

26. Elaborar y presentar un programa de inversiones para el desarrollo rural con énfasis en
infraestructura básica (carreteras, caminos rurales, electricidad, telecomunicaciones, agua y
saneamiento ambiental) y de proyectos productivos por un monto de Q 300 millones para el año
1997.

Legislación y Fortalecimiento de la Administración Tributaria

27. Presentar un informe sobre

  1. las reformas al Código Tributario y al resto de la legislación realizadas en 1996 con miras a
    eliminar las disposiciones que facilitan la evasión fiscal y establecer mayores sanciones a la
    evasión, la elusión y la defraudación tributaria;

  2. las medidas realizadas para garantizar la correcta y rápida aplicación o devolución del crédito
    fiscal y sancionar severamente a quienes no reintegran al fisco el IVA retenido, y

  3. las medidas adicionales que se consideren necesarias. 

28. Promover y presentar las iniciativas correspondientes para fortalecer la institucionalidad para la
recaudación y fiscalización tributaria.

Foro de la mujer

29. Propiciar la convocatoria de un foro de la mujer sobre los compromisos relativos a los derechos
y participación de la mujer, plasmados en los Acuerdos de Paz.

F. ACUERDO SOBRE EL FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN
DEL EJÉRCITO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA 

Instancia Multipartidaria Legislativa 

30. Solicitar a la Presidencia del Congreso de la República que se integre la instancia multipartidaria,
con el propósito de mejorar, modernizar y fortalecer el Organismo Legislativo conforme a la agenda
propuesta en el Acuerdo.

Comisión de Fortalecimiento de la Justicia

31. El Presidente de la República promoverá la integración de la Comisión de Fortalecimiento de la
Justicia encargada de producir en un plazo de seis meses, y mediante un debate amplio en torno al
sistema de justicia, un informe y un conjunto de recomendaciones susceptibles de ser puestas en
práctica a la mayor brevedad de conformidad con la agenda propuesta en el Acuerdo.

Policía Nacional Civil

32. Promover y presentar la iniciativa legal que norme el funcionamiento de la nueva Policía Nacional Civil.

Academia de Policía 

33. Tomar la disposición que los integrantes de la nueva estructura policial deberán recibir formación en
la Academia de Policía, en donde se les proporcionará una alta preparación profesional, una cultura de paz
y de respeto a los derechos humanos y a la democracia, y de obediencia a la ley.

Desmovilización de los Comités Voluntarios de Defensa Civil

34. Concluir, 30 días después de la derogación del decreto de creación de los CVDC, la
desmovilización y desarme de los mismos.

G. ACUERDO SOBRE REFORMAS CONSTITUCIONALES Y RÉGIMEN ELECTORAL 

Reformas Constitucionales 

35. El Gobierno de la República promoverá ante el Congreso de la República el Proyecto de
Reformas Constitucionales contenidas en las secciones A y B del Acuerdo sobre Reformas
Constitucionales y Régimen Electoral.

Comisión de Reforma Electoral

36. Solicitar al Tribunal Supremo Electoral que conforme y presida una Comisión de Reforma
Electoral encargada de publicar un informe y un conjunto de recomendaciones sobre la reforma
electoral y las modificaciones legislativas correspondientes. Se recomienda que dicha Comisión
quede integrada a más tardar tres meses después de la suscripción del Acuerdo de Paz Firme y
Duradera, con los representantes que indica el Acuerdo. Asimismo, se recomienda que los trabajos
de la Comisión concluyan en un plazo de seis meses a partir de su constitución.

H. ACUERDO SOBRE EL DEFINITIVO CESE AL FUEGO 

Vigencia

37. El cese al fuego definitivo entrará en vigencia a partir de las 00:00 horas del día "D", fecha en
que deberá estar instalado y con capacidad de funcionamiento el mecanismo de verificación de las
Naciones Unidas. Dicha fase debe finalizar a más tardar el día "D+60", con la desmovilización de
URNG.

38. Las partes se comprometen a mantener la situación actual de cese de actividades militares
ofensivas por parte de URNG y cese de actividades contrainsurgentes por parte del Ejército de
Guatemala hasta el día "D".

39. Naciones Unidas informará a las partes sobre la instalación del mecanismo de verificación con la
mayor antelación posible, a fin de que se fije el día "D".

Despliegue de Verificación

40. Del día "D-10" al día "D", Naciones Unidas desplegará sus efectivos y equipos para efectuar la
verificación del cese al fuego en los lugares establecidos por las partes en los anexos del Acuerdo
sobre el Definitivo Cese al Fuego.

Lugares a verificar

41. Para los efectos de la verificación, durante el período de cese al fuego, habrá representantes de
Naciones Unidas en las unidades militares del Ejército de Guatemala designadas en el anexo C y en
los puntos de concentración de la URNG designados en el anexo A del Acuerdo sobre el Definitivo
Cese al Fuego.

Prohibición de actividades de propaganda política

42. Durante el desplazamiento y en los puntos de concentración, las fuerzas concentradas no podrán
efectuar propaganda ni acción política fuera de los puntos de concentración.

Zona de seguridad

43. Alrededor de cada punto de concentración se establecerá un zona de seguridad de 6 kilómetros
de radio, donde no podrá haber unidades militares del Ejército de Guatemala, Comités Voluntarios
de Defensa Civil (CVDC) ni efectivos de la URNG.

44. A estas zonas sólo podrán acceder las unidades de verificación de Naciones Unidas. Las
actividades policiales podrán realizarse previa coordinación con la verificación de las Naciones
Unidas.

Zona de Coordinación

45. Alrededor de cada zona de seguridad se establecerá una zona de coordinación de 6 kilómetros
adicionales, donde los desplazamientos de las unidades militares del Ejército de Guatemala y de los
CVDC sólo podrán hacerse previa coordinación con la Autoridad de Verificación de Naciones
Unidas.

Información sobre efectivos y armamento

46. La URNG proporcionará a Naciones Unidas información detallada sobre el número de
efectivos, listado de personal, inventario de armas, explosivos, minas y toda la información necesaria
sobre la existencia de campos minados, municiones y demás equipo militar, tanto en mano como
depositado. Asimismo el Ejército de Guatemala proporcionará la información actualizada sobre el
número de efectivos que movilizarán los comandos militares del Ejército de Guatemala designados
en el anexo C del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego. Ambas partes deberán entregar dicha
información a la verificación a más tardar el día "D-15".

47. Las Partes se comprometen a entregar a la Autoridad de Verificación, dentro del plazo
establecido de común acuerdo con ellas, toda información complementaria o adicional requerida por
dicha Autoridad.

Inicio de desplazamiento

48. Las Unidades del Ejército de Guatemala designadas en el anexo C del Acuerdo sobre el
Definitivo Cese al Fuego, iniciarán su desplazamiento a partir del día "D+2" al día "D+10" o, de ser
posible, antes.

49. Los efectivos de la URNG iniciarán su desplazamiento hacia los puntos de concentración
designados en el Anexo A del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, a partir del día "D+11" al
día "D+21" o, de ser posible, antes. Serán acompañados en estos desplazamientos por la misión de
verificación.

50. Las Partes comunicarán a la Autoridad de Verificación de Naciones Unidas, no más tarde del
día "D-10", el programa completo de desplazamientos de sus respectivas fuerzas (composición, ruta
a seguir, inicio del desplazamiento y toda otra información que permita dar cumplimiento a la
verificación).

Limitación del espacio aéreo

51. Entrará en vigor el día "D" y deberá quedar restringida la utilización del espacio aéreo de la
siguiente forma:

  1. Estarán prohibidos los vuelos militares sobre las zonas de seguridad, excepto por desastre o
    calamidad pública, en cuyo caso deberán informarlo previamente a la Autoridad de Verificación de
    Naciones Unidas.

  2. Los vuelos militares sobre las zonas de coordinación estarán permitidos previa información a la
    Autoridad de Verificación de Naciones Unidas.

Control de armamento

52. Del día "D+11" al día "D+42" en los puntos de concentración de la URNG las armas,
municiones y demás equipo militar deberán ser depositados en lugares especiales designados por las
Naciones Unidas, salvo el equipo y arma individual de los combatientes mientras permanezcan en
dichos lugares.

Operatividad

53. La desmovilización escalonada de los combatientes de la URNG y su incorporación dentro de
un marco de legalidad, a la vida civil, política, socioeconómica e institucional del país estará acorde
a lo establecido en el Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la URNG a la Legalidad y en
función de la aplicación del Acuerdo sobre Cronograma de Implementación, Cumplimiento y
Verificación de los Acuerdos de Paz. La desmovilización se hará en la forma siguiente:

  1. del día "D+43" al día "D+48": un 33%

  2. del día "D+49" al día "D+54": un 66%

  3. del día "D+55" al día "D+60": un 100%

Comisión de Apoyo logístico

54. Para el apoyo logístico al proceso de cese al fuego y de desmovilización, se establecerá una
Comisión bajo la coordinación de las Naciones Unidas integrada por representantes de la URNG y
del Gobierno de Guatemala. El número de integrantes de la Comisión se fijará en función de las
necesidades.

Entrega de armas y municiones

55. Previa la desmovilización del último grupo de combatientes y a más tardar el "D+60", la URNG
deberá entregar a Naciones Unidas todas las armas y equipo militar de sus efectivos, en mano o en
depósito.

Inicio de la verificación

56. La verificación dará inicio el día "D" cuando empiece a regir el cese al fuego, de conformidad
con lo establecido en el Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, sin que esto restrinja el
cumplimiento de la función constitucional del Ejército de Guatemala en el resto del territorio nacional.

Coordinación y Seguimiento

57. Para los efectos de la coordinación y seguimiento, las partes se comprometen en designar, a
distintos niveles, responsables que aseguren el enlace con la Autoridad de Verificación.

I. ACUERDO SOBRE BASES PARA LA INCORPORACIÓN DE LA UNIDAD
REVOLUCIONARIA NACIONAL GUATEMALTECA A LA LEGALIDAD 

Fase de incorporación inicial

58. La etapa de desmovilización tendrá una duración de dos meses y se entiende como la finalización
de las estructuras militares de URNG en los puntos de concentración acordados. Durante dicha etapa,
se prevé la provisión de servicios tales como documentación provisional y capacitación y orientación vocacional,
con miras a facilitar la incorporación posterior de los desmovilizados. La autoridad de Verificación entregará
a la Comisión Especial de Incorporación la lista definitiva de los desmovilizados establecida en los grupos
de concentración a más tardar el día "D+30".

59. URNG remitirá la lista de los integrantes no sujetos a concentración beneficiarios de la fase de
incorporación inicial a más tardar el día "D-15" a la Autoridad de Verificación. Dicha Autoridad, a
su vez, la remitirá a la Comisión Especial de Incorporación cuando ésta se constituya.

Documentación provisional

60. Solicitar a la Misión de Verificación la emisión de documentación temporal para los
desmovilizados y demás beneficiarios del Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de URNG a la Legalidad.

Seguridad de URNG

61. El Gobierno de la República se compromete a tomar las medidas administrativas y a garantizar
las condiciones necesarias para hacer efectivos los derechos ciudadanos de los miembros de
URNG, particularmente el derecho a la vida, a la seguridad y a la integridad física y prestará
particular atención a toda denuncia acerca de hechos atentatorios contra la seguridad de los
miembros de la URNG. El respeto de este compromiso deberá ser especialmente verificado por la
instancia internacional de verificación. Dicha instancia podrá proveer acompañamiento temporal a
los miembros de URNG cuando el caso lo amerite.

Orientación vocacional y capacitación laboral

62. Los miembros de URNG dispondrán de asesoría y orientación vocacional durante la fase de
desmovilización y posteriormente si fuera necesaria. Una vez se acuerde el tipo de actividad
económica a que se dedicarán, podrán contar con programas específicos de capacitación técnica y
laboral.

Salud

63. Realizar en la etapa de desmovilización una revisión médica de los combatientes instalados en
los puntos de concentración. Se tomarán las acciones necesarias para atender los casos identificadospor
la revisión en los campamentos o a nivel local. La Comisión Específica de Incorporación asegurará el acceso
a los otros niveles de referencia de los pacientes que lo necesiten. Este subprograma se realizará con
la cooperación del equipo de salud de URNG y en consulta con él.

Asesoría jurídica

64. Iniciar la asistencia jurídica a los miembros de URNG para apoyarlos en los aspectos jurídicos
relacionados con su incorporación.

Reunificación familiar

65. Iniciar las medidas necesarias para hacer posible la reunificación de los miembros de URNG
con sus familias. El Gobierno de la República se compromete a brindar todas las facilidades para el
efecto.

Comisión Especial de Incorporación

66. Crear la Comisión Especial de Incorporación, que estará integrada por un número igual de
representantes del Gobierno de la República y de URNG, y representantes de los donantes,
cooperantes y agencias de cooperación internacional, estos últimos con carácter consultivo. La
Comisión se constituirá dentro de los quince días posteriores a la firma del Acuerdo de Paz Firme y
Duradera, y a ese efecto el Gobierno de Guatemala emitirá el decreto gubernativo correspondiente.

Reglamento de la Comisión Especial de Incorporación 

67. La Comisión Especial deberá estructurar, mediante un reglamento específico que se aprobará en
un plazo no mayor de 30 días a partir de su instalación, la organización de sus responsabilidades de
coordinación, de gestión financiera y de toma de decisiones acerca de los subprogramas y proyectos
derivados del Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la Unidad Revolucionaria Nacional
Guatemalteca a la legalidad; asimismo, la Comisión Especial definirá los mecanismos financieros
adecuados, incluyendo la posibilidad de fideicomisos, en consulta con los donantes y cooperantes,
que faciliten un ágil y eficaz cumplimiento del programa de incorporación.

Fundación para la incorporación

68. URNG se compromete a constituir la Fundación para la incorporación. El Gobierno se
compromete a facilitar los trámites de constitución de la Fundación.

J. OTROS COMPROMISOS

Divulgación

69. Dar la más amplia divulgación al conjunto de los Acuerdos de Paz. 

III. CRONOGRAMA DEL 15 DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE DE 1997

A. ACUERDO GLOBAL SOBRE DERECHOS HUMANOS

Resarcimiento

70. Poner en vigencia el programa de resarcimiento y/o asistencia a las víctimas de las violaciones
de los derechos humanos y promover la legislación pertinente, tomando en cuenta las recomendaciones
de la Comisión de Esclarecimiento Histórico.

Conscripción militar

71. Ver Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad
Democrática, párrafo 129 del presente Acuerdo.

Regulación de la portación de armas

72. Ver Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad
Democrática, párrafos 130 y 131 del presente Acuerdo.

Fortalecimiento de las instancias de protección de los derechos humanos

73. Apoyar las iniciativas tendientes a mejorar las condiciones técnicas y materiales con que pueda
contar el Procurador de los Derechos Humanos para cumplir con sus tareas de investigación,
vigilancia y seguimiento de la plena vigencia de los derechos humanos en Guatemala.

B. ACUERDO PARA EL REASENTAMIENTO DE LAS POBLACIONES
DESARRAIGADAS POR EL ENFRENTAMIENTO ARMADO

Identificación de tierras para el reasentamiento de los desarraigados

74. Realizar los estudios adicionales que permitan identificar las tierras estatales, municipales y
privadas con opción de compra para propósito de reasentamiento de la población desarraigada.

Reasentamiento 

75. Concluir la programación y/o resolución de los procesos de retorno y traslado para el
reasentamiento de las poblaciones desarraigadas con base en la libre voluntad y decisión manifestada por ellas.

Documentación 

76. Intensificar el proceso de documentación personal de toda la población que carezca de ella,
particularmente de las poblaciones desarraigadas y miembros de la URNG, incluyendo la inscripción
en el Registro de Ciudadanos de los hijos de desarraigados y miembros de URNG nacidos en el
exterior.

Integración productiva de la población desarraigada

77. Realizar programas de integración productiva en el marco de una política de desarrollo sostenible
y sustentable, y con equidad, en las áreas y regiones de reasentamiento. Ver Acuerdo sobre Aspectos
Socioeconómicos y Situación Agraria, párrafos 102, 103 y 106 del presente Acuerdo. 

Resolución expedita de los conflictos de tierra

78. Ver Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, párrafo 108 del presente
Acuerdo.

Esquemas concertados de planificación para el desarrollo

79. Ver Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, párrafo 86 del presente
Acuerdo.

Implementación del plan de educación

80. Reconocer los niveles educativos formales e informales de las personas desarraigadas y
reconocer los estudios no formales de los promotores educativos y de salud.

Fortalecimiento de los gobiernos y organizaciones locales

81. Ver Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria (párrafo 167 del presente
Acuerdo).

C. ACUERDO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA COMISIÓN PARA EL
ESCLARECIMIENTO DE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y
LOS HECHOS DE VIOLENCIA QUE HAN CAUSADO SUFRIMIENTOS A LA
POBLACIÓN GUATEMALTECA.

Comisión de Esclarecimiento Histórico

82. Funcionamiento de la Comisión y decisión de ésta de prorrogar su mandato o rendir su informe.

D. ACUERDO SOBRE IDENTIDAD Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Comisión Paritaria para la Reforma y Participación

83. Crear la Comisión Paritaria de Reforma y Participación, integrada por representantes del
Gobierno y de las organizaciones indígenas.

Comisión Paritaria sobre Derechos Relativos a la Tierra

84. Crear la Comisión Paritaria sobre Derechos Relativos a la Tierra de los pueblos indígenas,
integrada por representantes del Gobierno y de las organizaciones indígenas.

Defensoría de la mujer indígena 

85. Crear una defensoría de la mujer indígena, con su participación, que incluya servicios de asesoría jurídica y servicio social.

E. ACUERDO SOBRE ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y SITUACIÓN AGRARIA

Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural para asegurar la participación de la población 

86. En congruencia con los Acuerdos sobre Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por
el Enfrentamiento Armado y de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, el Gobierno se
compromete prioritariamente a

  1. restablecer los Consejos Locales de Desarrollo;

  2. promover una reforma a la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural para ampliar el espectro
    de los sectores participantes en los Consejos Departamentales y Regionales de Desarrollo; y

  3. asegurar el debido financiamiento del Sistema de Consejos, a fin de promover la participación de
    la población en la identificación de las prioridades locales, la definición de los proyectos y programas
    públicos y la integración de la política nacional de desarrollo urbano y rural.

Capacitación municipal 

87. Establecer y ejecutar, en concertación con la Asociación Nacional de Municipalidades
(ANAM), un programa permanente de capacitación municipal que sirva de marco para los esfuerzos
nacionales y la cooperación internacional en la materia.

Participación de la mujer en el desarrollo económico y social

88. Teniendo en cuenta los resultados del Foro previsto en el párrafo 29 del presente Acuerdo, dar
seguimiento a los compromisos relativos a la mujer contenidos en los Acuerdos de Paz.

Comisión Consultiva para la Reforma Educativa 

89. El Ministerio de Educación integrará la Comisión con los participantes del proceso educativo,
incluyendo una representación de la Comisión de Reforma Educativa prevista en el Acuerdo sobre
Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

Educación y capacitación extraescolar 

90. Formular e iniciar programas de educación, capacitación y tecnificación extraescolar, así como
programas de capacitación en comunidades y empresas y, en el área rural, programas destinados a
mejorar la capacidad de gestión empresarial y a incrementar la calificación, diversificación y
productividad de los recursos humanos.

Educación Cívica 

91. Preparar y producir los materiales necesarios para la ejecución del programa de educación cívica
nacional para la democracia y la paz que promueva la defensa de los derechos humanos, la
renovación de la cultura política y la solución pacífica de los conflictos.

Programa de apoyo a estudios

92. Desarrollar y difundir a nivel nacional programas de becas, bolsas de estudio, apoyos
económicos y otro tipo de incentivos que posibiliten la continuidad en la formación educativa de
estudiantes necesitados. 

Capacitación de Docentes y Administradores 

93. Desarrollar programas de capacitación permanente para maestros y administradores educativos.

Aporte a la Universidad San Carlos 

94. Entregar puntualmente a la Universidad San Carlos la asignación privativa que por mandato
constitucional le corresponde.

Compra de Medicamentos 

95. Estudiar y aplicar modalidades de compra que aseguren la transparencia en la negociación
comercial, calidad y bajo precio de los medicamentos, básicos o genéricos, de mayor demanda en el sector público.

Gasto público en vivienda 

96. Asignar a la política de vivienda el equivalente a no menos del 1.5% de los ingresos tributarios
contenidos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para 1998, con prioridad
en el subsidio de la demanda de soluciones habitacionales populares, fortaleciendo para ello
al Fondo Guatemalteco de la Vivienda (FOGUAVI) y al Fondo de Subsidio para la Vivienda (FOSUVI).

Participación comunitaria en vivienda

97. Facilitar la creación y fortalecimiento de sistemas de participación comunitaria, tales como
cooperativas y empresas autogestionarias y familiares, que aseguren la incorporación de los
beneficiarios en la ejecución de los planes, construcción de viviendas y prestación de servicios.

Revisión de Leyes Laborales

98. Promover los cambios legales y reglamentarios contenidos en el informe sobre leyes laborales
solicitado en el párrafo 21 del presente Acuerdo.

Inspección laboral

99. Desconcentrar e incrementar servicios de inspección laboral que fortalezcan la capacidad de
fiscalización del cumplimiento de las normas laborales de derecho interno y las derivadas de los
convenios internacionales de trabajo ratificados por Guatemala.

Organización de trabajadores 

100. Agilizar los procedimientos para el reconocimiento de la personalidad jurídica de las
organizaciones laborales y para el caso de trabajadores agrícolas sujetos a contratación mediante
contratistas, se propondrán reformas tendientes al reconocimiento jurídico ágil y flexible de formas
asociativas que permiten negociar dicha contratación.

Política económica

101. Propiciar medidas concertadas con los distintos sectores sociales tendientes a incrementar la
inversión y la productividad, en el marco de una estrategia general de crecimiento con estabilidad y
equidad social. 

Programa de inversiones del sector público agropecuario 

102. Iniciar la ejecución de un programa de inversiones del sector público agropecuario en las
cadenas productivas vinculadas a la agricultura, silvicultura y pesca.

Programa de inversiones para el desarrollo rural

103. Iniciar la ejecución del programa de inversiones para el desarrollo rural, con atención especial
a las zonas de reasentamiento de población desarraigada y de mayor índice de pobreza, con énfasis
en infraestructura básica (carreteras, caminos rurales, electricidad, telecomunicaciones, agua y
saneamiento ambiental) y proyectos productivos por un monto de Q300 millones para 1997.

Fondo de Tierras

104. Promover y presentar ante el Congreso de la República una iniciativa de ley para la constitución
del Fondo de Tierras. Dicha ley establecerá entre otros los objetivos, funciones, mecanismos de financiamiento
y adjudicación, origen y destino de las tierras. El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria
indica que las operaciones del fondo de tierras deberán iniciarse a más tardar en 1997.

Fideicomiso

105. El Fondo de Tierras creará un fideicomiso dentro de una institución bancaria participativa para
la asistencia crediticia y el fomento del ahorro preferentemente a micro, pequeños y medianos
empresarios. 

Crédito y servicios financieros

106. Promover las condiciones que permitan a los pequeños y medianos campesinos acceder a
recursos de crédito de forma individual o colectiva, y de una manera financieramente sostenible. En
particular, con el apoyo del sector empresarial y de las organizaciones no gubernamentales de
desarrollo, se propiciará el fortalecimiento de agencias locales de ahorro y crédito, tales como
asociaciones, cooperativas y otras, que permitan la canalización del crédito y el ofrecimiento de
servicios financieros a pequeños y medianos empresarios en forma eficiente y ajustada a las
necesidades y condiciones locales.

Jurisdicción agraria y ambiental

107. Promover la creación de una jurisdicción agraria y ambiental dentro del Organismo Judicial,
teniendo en cuenta las disposiciones del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos
Indígenas.

Resolución expedita de los conflictos de tierra 

108. Teniendo en cuenta los compromisos del Acuerdo sobre Reasentamiento de las Poblaciones
Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado, el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los
Pueblos Indígenas, y las recomendaciones de la Comisión Paritaria sobre derechos relativos a la
tierra de los pueblos indígenas, el Gobierno se compromete a establecer e iniciar la aplicación de
procedimientos ágiles para dirimir litigios sobre tierras y otros recursos naturales (en particular
arreglo directo y conciliación). Además, establecerá procedimientos que permitan definir fórmulas
compensatorias en caso de litigios y reclamos de tierra en los que agricultores, campesinos y
comunidades en situación de extrema pobreza han resultado o resultaren desposeídos por causas no
imputables a ellos. En este marco, la población desarraigada merecerá especial atención.

Registro y catastro

109. Promover los cambios legislativos que permitan el establecimiento de un sistema de registro y
catastro descentralizado, maldecir, eficiente, financieramente sostenible y de actualización fácil y
obligatoria.

Impuesto territorial 

110. Promover la legislación y los mecanismos para la aplicación, en consulta con las
municipalidades, de un impuesto territorial en las áreas rurales de fácil recaudación por dichas
municipalidades. El impuesto, del cual estarán exentas las propiedades de pequeña superficie,
contribuirá a desestimular la tenencia de tierras ociosas y la subutilización de la tierra. No deberá
incentivar la deforestación de tierras con vocación forestal.

Administración fiscal 

111. Fortalecer los mecanismos existentes de fiscalización y recaudación tales como control cruzado,
número de identificación tributaria (NIT) y crédito fiscal por retención del impuesto sobre la renta y
del impuesto al valor agregado.

112. Tener en funcionamiento un programa especial dirigido a los grandes contribuyentes con el
objeto de garantizar que cumplan debidamente sus obligaciones tributarias.

113. Evaluar y regular estrictamente las exenciones tributarias con miras a eliminar los abusos.

114. Poner en funcionamiento estructuras administrativas que específicamente atiendan los
programas de recaudación y fiscalización del presupuesto de ingresos y la aplicación de las leyes
tributarias correspondientes.

115. Simplificar y automatizar las operaciones de la administración fiscal.

Normas para la elaboración y ejecución del presupuesto

116. A partir de 1997, incorporar anualmente en las normas y lineamientos para la formulación del
anteproyecto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, la prioridad hacia el gasto
social, los servicios públicos básicos y la infraestructura física de apoyo a la producción y el
fortalecimiento de los organismos de derechos humanos y el cumplimiento de los Acuerdos de Paz.

Profesionalización y dignificación de los servidores públicos 

117. Promover y presentar las iniciativas de ley para:

  1. Establecer la carrera de servicio civil; y

  2. Asegurar el efectivo cumplimiento de la Ley de Probidad y Responsabilidades.

Fiscalización

118. Reformar, fortalecer y modernizar la Contraloría General de Cuentas.

Modernización del Organismo Ejecutivo 

119. Promover y presentar ante el Congreso de la República:

  1. Una reforma de la Ley del Organismo Ejecutivo; y

  2. Una reforma de la Ley de Compras y Contrataciones para promover la descentralización de los
    sistemas de apoyo a la administración pública.

F. ACUERDO SOBRE EL FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN DEL
EJÉRCITO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA

Estudios judiciales

120. Fortalecer la Escuela de Estudios Judiciales y la Unidad de Capacitación del Ministerio Público,
como lugares centrales en la selección y formación continua de jueces, magistrados y fiscales.

Servicio Público de Defensa Penal 

121. Presentar al Congreso de la República las iniciativas de ley necesarias para establecer el
Servicio Público de Defensa Penal con el objeto de proveer asistencia a quienes no pueden
contratar servicios de asesoría profesional privada.

Consejo Asesor de Seguridad

122. Instalar el Consejo Asesor de Seguridad.

Secretaría de Análisis Estratégico

123. Crear la Secretaría de Análisis Estratégico para informar y asesorar al Presidente de la
República a manera de anticipar, prevenir y resolver situaciones de riesgo o amenazas de distinta
naturaleza para el Estado democrático.

Supervisión de los organismos de inteligencia del Estado

124. Promover y presentar una ley que establezca las modalidades de supervisión de los organismos
de inteligencia del Estado por una comisión específica del Organismo Legislativo.

Departamento de Inteligencia Civil y Análisis de Información del Ministerio de
Gobernación

125. Crear un Departamento de Inteligencia Civil y Análisis de Información que dependerá del
Ministerio de Gobernación y será responsable de recabar información para combatir el crimen
organizado y la delincuencia común por los medios y dentro de los límites autorizados por el
ordenamiento jurídico y en estricto respeto a los derechos humanos. 

Policía Nacional Civil

126. Promover las iniciativas y tomar las acciones necesarias para establecer la carrera policial. 

127. Promover las acciones y programas que permitan el fortalecimiento de las Academia de Policía
para que ésta esté en capacidad de formar al nuevo personal policial a nivel de agentes, inspectores,
oficiales y mandos superiores, y actualizar a los que están en servicio.

128. Definir los procedimientos que permitan que el ingreso a la carrera policial, los ascensos y la
especialización dentro de ella tengan lugar a través de la Academia de Policía.

Ley de Servicio Cívico

129. Promover ante el Congreso de la República la Ley de Servicio Cívico, que incluirá el servicio
militar y el social, en base a lo acordado por el equipo paritario de trabajo que en la actualidad trata
el tema.

Tenencia y portación de armas

130. Promover y presentar ante el Congreso de la República la reforma a la Ley de Armas y
Municiones.

Registros de Armas y Municiones

131. Transferir los registros que actualmente se encuentran en depósito en el Departamento de
Control de Armas y Municiones del Ministerio de Defensa al Ministerio de Gobernación.

Reconversión del Ejército

132. Hacer funcionar a las instituciones, instalaciones y dependencias educativas, financieras, de
salud, comerciales, asistenciales y de seguros de carácter público que correspondan a las
necesidades y funciones del Ejército de Guatemala en las mismas condiciones en que operan las
otras instituciones similares y sin fines lucrativos. Todos los egresados de los Institutos Adolfo V.
Hall pasarán a formar parte de las reservas militares del país. Disponer convenientemente de la
frecuencia de televisión asignada al Ejército de Guatemala.

Disolución de la Policía Militar Ambulante

133. Disolver y desmovilizar la Policía Militar Ambulante.

Reorganización y despliegue de fuerzas militares

134. Reorganizar el despliegue de fuerzas militares en el territorio del país, disponiendo su ubicación
en función de la defensa nacional, cuidado de fronteras y protección de la jurisdicción marítima
territorial y del espacio aéreo.

Reducción del Ejército

135. Reducir los efectivos del Ejército de Guatemala en un 33% tomando como base su tabla de
organización y equipo vigente.

Reinserción de miembros desmovilizados del Ejército

136. Poner en vigor programas que permitan la reinserción productiva de los miembros del Ejército
que sean desmovilizados.

G. ACUERDO SOBRE BASES PARA LA INCORPORACIÓN DE LA URNG A LA
LEGALIDAD

Programa de incorporación

137. Cumplir el programa de incorporación de URNG a la legalidad en sus diferentes aspectos,
incluyendo educación, alfabetización, vivienda, proyectos económicos productivos y reunificación
familiar.

IV. CRONOGRAMA 1998, 1999 y 2000

A. ACUERDO SOBRE REASENTAMIENTO DE POBLACIONES DESARRAIGADAS
POR EL ENFRENTAMIENTO ARMADO

Protección de nacionales en el exterior

138. Fortalecer la política de protección de los nacionales en el exterior, especialmente de la
población desarraigada que reside en el extranjero, y llevar a cabo las gestiones necesarias con los
países receptores a fin de obtener para esta población una situación migratoria estable.

Comercialización

139. Ver Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria (párrafo 167 del presente
Acuerdo).

B. ACUERDO SOBRE IDENTIDAD Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Uso de idiomas indígenas y capacitación bilingüe

140. En concordancia con los resultados de la Comisión de oficialización de idiomas indígenas,
promover la utilización de los idiomas de los pueblos indígenas en la prestación de los servicios
sociales del Estado a nivel comunitario y promover la capacitación bilingüe de jueces e intérpretes
judiciales de y para idiomas indígenas.

Templos, centros ceremoniales y lugares sagrados

141. En congruencia con los resultados de la Comisión sobre Lugares Sagrados, impulsar con la
participación de los pueblos indígenas, las medidas legales que aseguren una redefinición de las
entidades del Estado encargadas de la conservación y administración de los templos y centros
ceremoniales de valor arqueológico, así como la modificación de la reglamentación para la
protección de centros ceremoniales con valor arqueológico en beneficio de la espiritualidad Maya.

Ley de Radiocomunicaciones

142. Promover y presentar ante el Congreso de la República reformas a la Ley de
Radiocomunicaciones con el objeto de facilitar frecuencias para proyectos indígenas. 

Normatividad consuetudinaria

143. Con la participación de las organizaciones indígenas, y teniendo en cuenta los resultados de las
Comisiones Paritarias sobre Reforma y Participación y sobre los Derechos relativos a la Tierra de
los Pueblos Indígenas, promover ante el Congreso de la República las acciones necesarias para
responder a los compromisos de la sección E del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los
Pueblos Indígenas.

C. ACUERDO SOBRE ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y SITUACIÓN AGRARIA

Gasto público en Educación

144. Incrementar, para el año 2000, el gasto público ejecutado en educación en relación con el PIB
en 50% respecto del gasto ejecutado en 1995. 

Escolaridad

145. Facilitar el acceso de toda la población entre 7 y 12 años de edad, a por lo menos tres años de escolaridad, antes del año 2000.

Alfabetismo

146. Ampliar el porcentaje de alfabetismo a un 70% para el año 2000.

Contenido educativo

147. Para el año 2000 adecuar los contenidos educativos de acuerdo con la Reforma Educativa.

Capacitación y Formación Profesional

148. Promover que los programas de capacitación y formación profesional a nivel nacional atiendan
a por lo menos 200,000 trabajadores antes del año 2000, con énfasis en quienes se incorporan a la
actividad económica y en quienes requieren de adiestramiento especial para adaptarse a las nuevas
condicones del mercado laboral.

Educación Cívica 

149. Ejecutar el programa de educación cívica nacional para la democracia y la paz que promueva
la defensa de los derechos humanos, la renovación de la cultura política y la solución pacífica de los
conflictos.

Gasto Público en Salud

150. Aumentar para el año 2000, el gasto público ejecutado en salud con relación al PIB en un 50%
respecto al gasto ejecutado en 1995 y presupuestar por lo menos 50% del gasto público en salud
a la atención preventiva.

Mortalidad Infantil y Materna

151. Reducir la mortalidad infantil y materna, antes del año 2000, a un 50% del índice observado en
1995.

Erradicación de la Poliomielitis y del Sarampión

152. Mantener la certificación de erradicación de la poliomielitis y alcanzar la del sarampión para el
año 2000.

Descentralización y Desconcentración de servicios de salud

153. Poner en marcha la organización descentralizada de los distintos niveles de atención para
asegurar la existencia de programas y servicios de salud a nivel comunal, regional y nacional, base
del sistema nacional coordinado de salud.

Seguridad Social

154. Adoptar las medidas necesarias para ampliar la cobertura del Régimen de Seguridad y Social,
mejorar sus prestaciones y la amplitud de sus servicios con calidad y eficiencia.

Ordenamiento Territorial

155. Llevar a cabo una estrecha articulación de las políticas de vivienda con políticas de
ordenamiento territorial, en particular planificación urbana y protección ambiental, que permita el
acceso de los pobres a la vivienda con servicios y en condiciones de higiene y sostenibilidad
ambiental.

Gasto Público en Vivienda

156. Dedicar anualmente a la política de fomento de la vivienda el equivalente a no menos del 1.5%
de los Ingresos Tributarios contenidos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado,
con prioridad al subsidio de la demanda de soluciones habitacionales de tipo popular.

Financiamiento y Facilidades para la Adquisición de Vivienda

157. Promover y facilitar el mercado de valores para la adquisición de vivienda, incluyendo la
hipoteca de primero y segundo grados, facilitar la compraventa de títulos-valores emitidos con
motivo de las operaciones de vivienda, incluyendo acciones comunes y preferenciales de empresas
inmobiliarias, bonos y cédulas hipotecarias, certificados de participación inmobiliaria, letras
complementarias, pagarés y otros documentos relacionados con el arrendamiento con promesa de
venta.

Oferta de vivienda

158. Incentivar la oferta de servicios, soluciones habitacionales y material de construcción de calidad y costos adecuados.

Normas

159. Aplicar normas antimonopolio en la producción y comercialización de materiales y servicios de
construcción. Actualizar las normas de salubridad y seguridad aplicables a la construcción y
supervisar su cumplimiento; coordinar con las municipalidades del país para que existan normas
homogéneas, claras y sencillas para la construcción y supervisión, persiguiendo la buena calidad y
adecuada seguridad.

Protección de trabajadores rurales

160. Adoptar sanciones administrativas y/o penales contra los responsables de prácticas abusivas
contra los trabajadores rurales migrantes, mozos colonos y jornaleros, en el contexto de la
contratación por intermediario, medianía, pago en especie y uso de pesas y medidas.

Capacitación laboral

161. Promover y presentar una iniciativa de ley que norme la formación profesional a nivel nacional.

Tenencia de la tierra

162. Promover y presentar ante el Congreso de la República una iniciativa de ley que establezca un
marco jurídico seguro, simple y accesible a toda la población con relación a la tenencia de la tierra.

Modernización del sistema de registro y catastro

163. Haber iniciado el funcionamiento del Sistema de Registro y Catastro descentralizado, maldecir,
eficiente, financieramente sostenible y de actualización fácil y obligatoria.

Regularización de la titulación de tierras

164. Regularizar la titulación de las tierras de las comunidades indígenas y poblaciones
desarraigadas, así como de los beneficiarios del INTA que poseen legítimamente las tierras
otorgadas. En cuanto de tierras comunales, normar la participación de las comunidades para
asegurar que sean éstas las que tomen las decisiones referentes a sus tierras.

Tierras Ociosas

165. Promover una revisión y adecuación de la legislación sobre tierras ociosas de manera que
cumpla con lo estipulado en la Constitución y regular, incluyendo incentivos y sanciones, la
subutilización de las tierras y su uso incompatible con la utilización sostenible de los recursos
naturales y la preservación del ambiente. Esta revisión debe incluir una nueva escala impositiva para
el impuesto anual sobre tierras ociosas, que fije impuestos significativamente más altos a las tierras
ociosas y/o subutilizadas de propiedad particular.

Evaluación de las adjudicaciones del Fondo de Tierras

166. Evaluar en 1999 si las adjudicaciones del Fondo de Tierras han logrado sus objetivos y, si fuera necesario,
modificar la operatividad del programa.

Desarrollo Rural

167. Desarrollar un sistema de recopilación, sistematización y difusión de información agropecuaria,
forestal, agroindustrial y de pesca, así como un sistema de centros de acopio y zonas francas.
Apoyar el fortalecimiento de las diversas formas de organización de la micro, pequeña y mediana
empresa agrícola y rural, y favorecer la concentración parcelaria de los minifundistas si así lo desean.

Concesiones de manejo de Recursos Naturales

168. Para 1999, haber otorgado a pequeños y medianos campesinos legalmente organizados, en
concesiones de manejo de recursos naturales, 100,000 hectáreas dentro de áreas de uso múltiple
para fines de manejo forestal sostenible, administración de áreas protegidas, ecoturismo, protección
de fuentes de agua y otras actividades compatibles con el uso potencial sostenible de los recursos
naturales de dichas áreas.

Programa de inversiones del sector público agropecuario

169. Ejecutar el programa de inversiones del sector público agropecuario en las cadenas productivas
vinculadas a la agricultura, silvicultura y pesca por un monto acumulado de Q200 millones.

Programa de manejo de Recursos Naturales Renovables

170. Impulsar un programa de manejo de recursos naturales renovables que incentive la producción
forestal y agroforestal sostenible, así como proyectos de artesanía, ecoturismo, y pequeña y mediana
industria que den valor agregado a productos del bosque.

Programa de Inversiones para el Desarrollo Rural

171. Continuar con el programa de inversiones para el desarrollo rural con énfasis en infraestructura
básica (carreteras, caminos rurales, electricidad, telecomunicaciones, agua y saneamiento ambiental)
y de proyectos productivos por un monto de Q300 millones anuales.

Sistema tributario

172. Establecer y presentar una metodología que permita evaluar la progresividad global del sistema
tributario acorde con los principios básicos establecidos en el Acuerdo sobre Aspectos
Socioecómico y Situación Agraria.

Carga tributaria

173. Tomar las acciones y promover las iniciativas necesarias para lograr, antes del año 2000,
aumentar la carga tributaria en relación al PIB en por lo menos un 50% con respecto a la carga
tributaria de 1995.

Descentralización y Desconcentración de la Administración Pública

174. Promover y presentar ante el Congreso de la República una reforma a la Ley de Gobernación y
Administración de los Departamentos de la República a fin de permitir la simplificación,
descentralización y desconcentración de la administración pública, proponiendo además que el
gobernador departamental sea nombrado por el Presidente de la República, tomando en
consideración los candidatos propuestos por los representantes no gubernamentales
de los Consejos Departamentales de Desarrollo.

Modernización de la Administración Pública

175. Descentralizar los sistemas de apoyo, incluyendo el de Compras y Contrataciones, el de
Recursos Humanos, el de Información y Estadística y el de Administración Financiera y el de
Recaudación.

Código municipal

176. Promover una reforma al Código Municipal para propiciar la participación de las comunidades
indígenas en la toma de decisiones sobre los asuntos que les afecten y para que los alcaldes auxiliares
sean nombrados por el alcalde municipal, tomando en cuenta las propuestas de los vecinos en cabildos abiertos.

D. ACUERDO SOBRE EL FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN DEL
EJERCITO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA

Código Penal

177. En congruencia con los resultados de la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia, promover
y presentar ante el Congreso de la República una reforma al Código Penal para alcanzar los siguientes objetivos:

  1. La tipificación de la discriminación étnica como delito;

  2. La tipificación del acoso sexual como delito;

  3. La adecuación del Código Penal a las disposiciones de la Convención Internacional para la
    Eliminación de Toda Forma de Discriminación Racial; y

  4. Dar prioridad a la persecución penal de aquellos delitos que causan mayor daño social; tomar en
    cuenta las diferencias culturales propias del país y sus costumbres; garantizar plenamente los
    derechos humanos; y tipificar como actos de especial gravedad las amenazas y coacciones ejercidas
    sobre funcionarios judiciales, el cohecho, soborno y corrupción, los cuales deberán ser severamente
    penalizados.

Participación de la mujer

178. Realizar una evaluación de los avances en la participación de la mujer y, sobre esta base,
elaborar el plan de acción correspondiente.

Gasto Público para el Sistema de Justicia

179. Incrementar, para el año 2000, el gasto público destinado al Organismo Judicial y al Ministerio
Público, en relación con el PIB, en 50% respecto al gasto destinado en 1995.

180. Proveer de los recursos necesarios al Servicio Público de Defensa Penal para que pueda
constituirse e iniciar sus actividades a partir del año 1998.

Ley de Orden Público

181. Promover y presentar una iniciativa de una nueva Ley de Orden Público en consonancia
con los principios democráticos y el fortalecimiento del poder civil.

Archivos

182. Promover y presentar las iniciativas de ley para la tipificación del delito por tenencia de
registros y archivos ilegales de información política sobre los habitantes de Guatemala.

Empresas privadas de seguridad

183. Promover y presentar una iniciativa de ley que regule el funcionamiento y los alcances de las
empresas privadas de seguridad, con miras a supervisar su actuación y la profesionalidad de su
personal, y asegurar en particular que las empresas y sus empleados se limiten al ámbito
de actuación que les corresponde, bajo el estricto control de la policía nacional civil.

Policía Nacional Civil

184. Tener en funcionamiento la Policía Nacional Civil para finales de 1999 en todo el territorio
nacional, contando con un mínimo de 20,000 agentes.

Seguridad Pública

185. Haber incrementado para el año 2000 el gasto público ejecutado en seguridad pública con
relación al PIB, en 50% respecto del gasto ejecutado en 1995.

Ley Constitutiva del Ejército

186. Promover y presentar las reformas a la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, en función
de la entrada en vigencia de las reformas constitucionales propuestas, a fin de adecuarla con el
contenido de los Acuerdos de Paz.

Presupuesto del Ejército

187. Reorientar el uso y distribución del presupuesto del Ejército de Guatemala hacia las funciones
constitucionales y la doctrina militar a que hace referencia el presente Acuerdo, optimizando los
recursos disponibles de forma tal de alcanzar, en el año 1999, una reducción respecto al gasto
destinado en 1995, de un 33% en relación con el PIB.

E. ACUERDO SOBRE BASES PARA LA INCORPORACIÓN DE LA URNG A LA
LEGALIDAD

Fase de incorporación definitiva

188 Después de un año del día "D+60", los beneficiarios podrán tener acceso a servicios de más
largo plazo que ofrezca el Gobierno, incluyendo asistencia financiera, asesoría jurídica, legal y
laboral, capacitación y proyectos productivos, destinados a asegurar una incorporación sostenible a
la vida económica, social y cultural del país, en igualdad de condiciones con el resto de la población
guatemalteca. Los proyectos específicos adicionales para los miembros de URNG estarán bajo la
responsabilidad de la Fundación para la incorporación. Las partes invitan a la cooperación
internacional a que brinde su apoyo técnico y financiero para asegurar el éxito de la fase de
incorporación definitiva. 

V. COMISIÓN DE ACOMPAÑAMIENTO

Definición 

189. La Comisión de Acompañamiento del cumplimiento de los Acuerdos de Paz es la instancia
político-técnica que actúa como referente de la Secretaría Técnica de la Paz.

Integración

190. La Comisión de Acompañamiento estará integrada de la siguiente manera:

  1. Una representación paritaria de las partes en las negociaciones de paz; 

  2. Cuatro ciudadanos de diversos sectores, quienes serán invitados para integrar la Comisión de
    común acuerdo por las partes en las negociaciones de paz;

  3. Se solicitará al Congreso de la República que designe entre sus miembros un representante para
    integrar dicha Comisión; y

  4. El Jefe de la misión de verificación internacional, con voz pero sin voto.

191. Esta Comisión se constituirá en el curso del mes de enero de 1997.

Objetivo

192. Participar e involucrarse en el cumplimiento de los acuerdos de paz para lograr un proceso
efectivo y el alcance oportuno de los compromisos adquiridos.

Funciones

193. Corresponden a la Comisión las siguientes funciones:

  1. Analizar, con criterios políticos y técnicos, los avances y dificultades en la aplicación y ejecución
    del Cronograma para la Implementación, Cumplimiento y Verificación de los Acuerdos de Paz;

  2. Conocer previamente los proyectos de ley convenidos en los Acuerdos de Paz y que
    el Ejecutivo elaborará en cumplimiento de los mismos, para contribuir a que dichos proyectos
    correspondan al contenido de los Acuerdos de Paz;

  3. Mantener comunicación, a través de la Secretaría Técnica de la Paz, con instancias de Gobierno
    que tengan responsabilidades en los ejes de trabajo definidos en el Cronograma, para informarse
    sobre el avance de los mismos;

  4. Calendarizar y recalendarizar las metas y las acciones de acuerdo a las necesidades del
    cumplimiento del Cronograma y de la efectiva marcha del proceso de paz;

  5. Mantener comunicación y recibir informes de la instancia de verificación internacional;

  6. Brindar apoyo a la gestión dirigida a la obtención de fondos para la ejecución
    de los compromisos contenidos en los Acuerdos de Paz; y

  7. Elaborar y emitir informes periódicos sobre los avances y dificultades del proceso de
    cumplimiento del Cronograma y de los Acuerdos de Paz, y de los trabajos a su cargo .

Metodología de trabajo

194. La Comisión desarrollará su trabajo en sesiones regulares, tomará sus decisiones por consenso
y elaborará su reglamento de trabajo y funcionamiento en los treinta días siguientes a su constitución.

195. Anualmente, sus integrantes harán una evaluación de su trabajo, a efecto de proponer las
modificaciones que estimen necesarias para el mejor aprovechamiento del funcionamiento de la
Comisión de Acompañamiento del cumplimiento de los Acuerdo de Paz.

VI. VERIFICACIÓN INTERNACIONAL

196. Las partes coinciden en que la verificación internacional es un factor imprescindible para dar
mayor certeza al cumplimiento de los acuerdos firmados y fortalecer la confianza en la consolidación
de la paz. 

197. En concordancia con el Acuerdo Marco para el reinicio de las negociaciones del 10 de enero
de 1994 y las solicitudes hechas en todos los acuerdos firmados desde entonces, las partes solicitan
al Secretario General de las Naciones Unidas el establecimiento de una Misión de verificación de los
acuerdos incluidos en el Acuerdo de Paz Firme y Duradera (en adelante "la Misión") que tenga las
siguientes características. 

Derechos humanos

198. La actual Misión de las Naciones Unidas para la Verificación de los Derechos Humanos y de
los Compromisos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos (MINUGUA), con sus funciones y
facultades propias, será un componente de la Misión mencionada en el párrafo anterior.

Funciones

199. Las funciones de la Misión incluirán:

  1. Verificación

    1. Sobre la base del Cronograma contenido en el presente Acuerdo y de las modificaciones sobre
      el mismo que las partes pudieran acordar en el futuro, verificar el cumplimiento de todos los
      compromisos adquiridos en el Acuerdo de Paz Firme y Duradera.

    2. Evaluar la implementación y los avances de los programas y proyectos derivados de los
      acuerdos, en función del cumplimiento de los compromisos adquiridos.

    3. Sobre la base de sus actividades de verificación, formular oportunamente las recomendaciones
      necesarias para evitar o corregir cualquier incumplimiento. 

    4. Informar regularmente al Secretario General de las Naciones Unidas y, por su intermedio, a los
      Estados Miembros de las Naciones Unidas sobre el proceso de cumplimiento de los acuerdos.
  1. Buenos oficios

    1. Contribuir, en particular a través de la Comisión de Acompañamiento, a resolver las dificultades
      que puedan surgir en el cumplimiento de los Acuerdos de Paz, incluyendo divergencias entre las
      partes en la interpretación de los acuerdos firmados y otras diferencias que puedan entorpecer su
      cumplimiento.
  1. Asesoría

    1. A solicitud de parte, proporcionar la asesoría y los apoyos técnicos puntuales que fueran
      necesarios para facilitar el cumplimiento de los compromisos suscritos. Con la anuencia de las partes,
      proporcionar asimismo asesoría y apoyos técnicos puntuales a otras entidades involucradas en
      el cumplimiento de los acuerdos de paz, si dichas entidades lo requieren.
  1. Información pública

    1. Informar a la opinión pública sobre el cumplimiento de los acuerdos de paz, incluyendo los
      resultados de la verificación y las actividades de la Misión.

Facultades

200. Para el cumplimiento de dichas funciones, la Misión podrá asentarse y desplazarse libremente
por todo el territorio nacional, entrevistarse libre y privadamente con cualquier persona o entidad, y
obtener la información que sea pertinente.

Duración y estructura

201. Las partes solicitan que el mandato de la Misión sea acorde a la duración del Cronograma para
la Implementación, Cumplimiento y Verificación de los Acuerdos de Paz, que es de cuatro años,
y se ajuste a las tareas que derivan de este cronograma.

202. La Misión podrá contar con los funcionarios y expertos internacionales y nacionales idóneos
necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Podrá obtener el concurso y cooperación de los
organismos internacionales cuyo mandato es pertinente para las materias cubiertas por los Acuerdos
de Paz.

Cooperación

203. El Gobierno de Guatemala y la URNG se comprometen a facilitar a la Misión la verificación de
sus compromisos respectivos.

204. El Gobierno se compromete a brindar toda la cooperación que la Misión requiera para el
cumplimiento de sus funciones.

VII. DISPOSICIONES FINALES

Primera.- El presente Acuerdo formará parte del Acuerdo de Paz Firme y Duradera y entrará en
vigencia en el momento de la firma de este último.

Segunda.- De conformidad con el Acuerdo Marco firmado el 10 de enero de 1994, se solicita al
Secretario General de las Naciones Unidas la verificación del presente Acuerdo.

Tercera.- Se dará la más amplia difusión al presente Acuerdo.

Ciudad de Guatemala, 29 de diciembre de 1996

POR EL GOBIERNO DE GUATEMALA

Gustavo PORRAS CASTEJÓN
Richard AITKENHEAD CASTILLO
Raquel ZELAYA ROSALES
Otto PÉREZ MOLINA, General de Brigada

POR LA UNIDAD REVOLUCIONARIA NACIONAL GUATEMALTECA

Jorge E. ROSAL MELÉNDEZ
Ricardo RAMÍREZ DE LEÓN
Jorge Ismael SOTO GARCÍA
Ricardo ROSALES ROMÁN

POR LAS NACIONES UNIDAS

Jean ARNAULT 


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Posted by USIP Library on: November 20 1998
Source Name: Defense Attaché, Embassy of Guatemala, Washington, D.C.
Source URL: http://www.mdngt.org/paz/acuderdo12.htm
Date Downloaded: November 16 1998

 


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